ACERCA DE NOSOTROS

Creación y Naturaleza Jurídica

Los Tribunales de Ética Médica del País son creados por ley, de conformidad a los lineamientos establecidos en la Ley 23 de 1981 y su Decreto Reglamentario 3380 de 1981. El Tribunal Seccional de Ética Médica de Caldas, tiene competencia para conocer los procesos éticos en contra de los profesionales de la medicina cuyas faltas éticas hayan sido cometidas dentro del Departamento de Caldas. Somos una entidad de carácter privada, pero sus funcionarios pese a no ser funcionarios públicos, cumplen una función pública.

Misión

Desde la entrada en vigencia de la Ley 23 de 1981 (específicamente artículos 63 y 67) y su Decreto Reglamentario 3380 del mismo año, los Tribunales de Ética Médica se han encargado y tienen autoridad de adelantar los procesos éticos disciplinarios en contra de los profesionales de la medicina, facultad que a su vez se encuentra respaldada por la Resolución No. 08774 de 1989 proferida por el entonces Ministerio de Salud. En vista de la anterior responsabilidad legal, este Tribunal está en el deber de adelantar todas las investigaciones pertinentes y que sean de su competencia.

Visión

El Tribunal de Ética de Caldas tiene como visión propender por la correcta aplicabilidad de la norma dentro de un marco de respeto, equidad y justicia, garantizando el debido proceso a sujetos procesales y respeto a sus intervinientes.

Los lineamientos legales que rigen el proceso ético disciplinario, el cual está contenido en la Ley 23 de 1981, que el Tribunal de Ética Médica de Caldas, solo está facultado para adelantar procesos en contra de los profesionales de la medicina cuya ocurrencia de la posible falta ética haya sido en el Departamento de Caldas, que esta Entidad no es un Órgano de Consulta, que en caso de que haya lugar a poner una queja por la mala prestación del servicio de la Entidad eta deberá ser dirigida a la Sala Plena del Tribunal o en su lugar al Doctor JORGE RAAD ALJURE, Presidente y Representante Legal de la Entidad.